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Las mudanzas Zaragoza Barcelona y los autónomos

La Normativa Tributaria establece la obligariotidad del contribuyente a comunicar el nuevo domicilio fiscal si es que se va a producir. Cabe recordar, que el domicilio fiscal de un autónomo es donde este tiene establecida su residencia a efectos Fiscales y por tanto su aplicación.

El término de domicilio fiscal se encuentra en el artículo 48 de la Ley Genaral Tributaria que lo define como el lugar físico localizable en la relación entre contribuyente y la administración Tributaria para sus notificaciones y posibles inpecciones. Por tanto, para las personas naturales o físicas que desarrollen una actividad económica, el domicilio fiscal será el de su residencia habitual salvo hayan notificado una domiciliacón fiscal diferente pero siempre atento a las notificaciones de la Agencia Tributaria.

Explicamos el caso de un cliente que realizó su mudanza Zaragoza Barcelona con nuestra empresa. Comenta que es fotógrafo profesional y por cuestiones de trabajo se trasladaba a vivir a Barcelona por un tiempo no determinado. A efectos fiscales, su domicilio estaba en la vivienda de Zaragoza. Por miedo a alquilarla, la dejó cerrada por varios meses y fue en ese período de tiempo que Hacienda le comunica una comprobación del IVA y del IRPF del ejercicio 2105. Al no haber manifestado el cambio, no pudo enterarse del requerimiento y el resultado fue una sanción económica bastante elevada por presentación fuera de plazo. Así que si te vas a mudar de Zaragoza a Barcelona, es importante que sepas los trámites que debes hacer después de tu mudanza.
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